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Colegio de Contadores Públicos insta a contribuyentes a cumplir con dos impuestos
El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica hace un llamado a los contribuyentes a asesorase y validar sus obligaciones tributarias; especialmente en estos primeros meses del año para evitar multas y sanciones
Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos subrayó que para los próximos días hay dos obligaciones importantes:
- Impuesto sobre valor de bienes inmuebles, para fortalecer programas de vivienda. D-179
- Impuesto a sociedades mercantiles, o sociedades de sucursal extranjera, con el fin de apoyar al Ministerio de Seguridad Pública, usualmente conocido como impuesto a las sociedades
Impuesto Solidario
El Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda recae sobre valor de
bienes inmuebles, para fortalecer programas de vivienda y se debe pagar el 15 de enero
próximo.
“Este impuesto se presenta mediante la declaración D-179, la cual debe presentarse cada 3 años, y el monto varía según el valor fiscal de la propiedad; siendo el mínimo ₡547.500”, detalló Zamora.
Impuesto a las Personas Jurídicas
En cuanto al Impuesto a las Personas Jurídicas o Impuesto a las Sociedades, este tributo debe cancelarse hasta el 31 de enero y surge con el fin de apoyar las acciones del Ministerio de Seguridad Pública.
“Este tributo debe ser cancelando por las personas jurídicas. Si usted está realizado la venta de una propiedad que está en una sociedad, o realizando otras operaciones que requieran una certificación de la sociedad, no podrá obtener la certificación hasta que esté al día”, explicó Dunia Zamora.
Otras obligaciones
La presidenta del Colegio de Contadores Públicos también mencionó otras obligaciones de este inicio de año, como las declaraciones anuales, adicionales a las que mensualmente deben presentarse y sobre las que los ocntribuyentes, contadores públicos autorizados y despachos de contadores públicos deben estar atentos.
“Dentro de estas se encuentran las declaraciones informativas, tales como la D15, que contiene la información de Clientes (ventas), Proveedores (compras) y Gastos Específicos; y la D152, sobre el Resumen de Retenciones Impuestos Únicos y Definitivos (rentas afectas al Impuesto Sobre la Renta)”, señalo Dunia Zamora.
Agregó que ambas declaraciones vencen el 28 de febrero de 2024 y varían según el tipo de contribuyentes, por lo cual deben revisarse y recibir asesoría en cada caso.
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