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Colegio de Contadores Públicos recuerda la obligación de presentar la declaración de las patentes municipales


El Colegio de Contadores Públicos emitió un recordatorio a todos los despachos de contadores públicos y firmas de contadores públicos sobre la obligación de los comercios de presentar la declaración del Impuesto de Patentes.

Esta constituye una obligación tributaria y la deben cumplir todas las personas físicas y jurídicas que ejercen actividades lucrativas previa licencia de la municipalidad.

Al respecto se refirió Guillermo Smith del Colegio de Contadores Públicos:

“Es aquel acto administrativo mediante el cual la municipalidad autoriza, a las personas físicas o jurídicas, la operación y funcionamientos para el ejercicio de cualquier tipo de actividad económica con fines lucrativos y no lucrativos, la cual se obtendrá mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos tanto en la Ley como en el reglamento”

Hay que tener claro que quienes poseen patentes municipales deben estar muy atentos a los sistemas respectivos pues cada municipalidad tiene sus propios requisitos, sanciones y multas para la cancelación de este impuesto.

Otra obligación municipal que empieza a correr a partir de este 1 de enero es la del impuesto a los bienes inmuebles. Para este impuesto en particular hay que tener en cuenta que cada municipalidad tiene su propio sistema de cobro y que el pago puede ser anual, semestral o incluso trimestral o mensual.

El impuesto sobre los bienes inmuebles lo paga todo terreno, instalaciones o construcciones fijas o permanentes en las propiedades.

El Colegio de Contadores Públicos señaló que si una propiedad pertenece a varios condueños cada uno debe cancelar en forma proporcional a su derecho sobre el bien inmueble.

El no pago de esta obligación también implica sanciones y multas a los contribuyentes que pueden llevar incluso a hipotecar una propiedad, tal como indica la ley.

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