Contadores p煤blicos recuerdan a contribuyentes lo que deben hacer para cumplir con sus obligaciones tributarias
A seis meses para que los contribuyentes tengan que tramitar el cierre fiscal del actual periodo, que para el 2021 comprende del 1 de enero al 31 de diciembre, el Colegio de Contadores P煤blicos de Costa Rica aconseja a los contribuyentes hacer un adecuada revisi贸n o chequeo para determinar si su contabilidad y todas las obligaciones hasta medio a帽o est谩n en buena direcci贸n, para evitar contratiempos y posibles sanciones al final del a帽o.
Recomendaciones:
- Conciliar informaci贸n reportada en las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) con la registrada en la contabilidad. Las empresas deben conciliar mensualmente los datos de las declaraciones del IVA contra los costos y gastos e ingresos registrados en la contabilidad y su sistema de comprobantes electr贸nicos.
- Deducibilidad de la p茅rdida diferida como gastos en per铆odos
subsecuentes.Para el periodo fiscal 2020 y 2021 no es sorpresa que las
empresas presenten p茅rdidas por la disminuci贸n en sus ingresos producto del impacto del
Covid-19.
El contribuyente podr铆a hacer uso de este beneficio fiscal cuando presenten gastos deducibles y utilizaci贸n de los cr茅ditos tributarios. - Tratamiento de la deducibilidad de gastos financieros para el periodo 2021 entra a regir el l铆mite de gastos deducibles de conformidad con la reforma en la Ley 9635. Esta limitaci贸n requiere un an谩lisis financiero m谩s all谩 de la contabilidad y debe hacerse oportunamente, considerando que el l铆mite de este a帽o es un 30%.
- Precios de transferencia. Las empresas que son del mismo grupo econ贸mico y realicen operaciones entre estas, deben contar con el estudio de precios de transferencia y tenerlo disponible al cierre 2021.
- Pagos por medio de SINPE M贸vil y efecto sobre IVA. Este medio de pago no elimina la obligaci贸n del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Prescripci贸n de deudas ante la administraci贸n tributaria. Toda deuda que un contribuyente tenga con la Administraci贸n Tributaria tiene un per铆odo de prescripci贸n de 4 a帽os.
- Signos externos de riqueza y generaci贸n de rentas. Todo ciudadano est谩 en la obligaci贸n de revelar las fuentes de recursos y los gastos vinculados y pertinentes a la operaci贸n que es la fuente generadora de esa renta.
- Prorrata del IVA. Los contribuyentes deben documentar adecuadamente el c谩lculo de la prorrata del Impuesto de Valor Agregado.
Sanciones
El Colegio de Contadores P煤blicos se帽al贸 que la no presentaci贸n y pago del Impuesto a las Utilidades o Impuesto sobre la Renta conlleva sanciones como:
- a) Omisi贸n de la presentaci贸n de declaraciones auto liquidativas de obligaciones tributarias:
- Si presenta la declaraci贸n, sin que exista actuaci贸n de la Administraci贸n Tributaria, la sanci贸n es de 垄57.775,00.
- Cuando presente la declaraci贸n despu茅s de la actuaci贸n de la Administraci贸n Tributaria pero antes de la notificaci贸n de la resoluci贸n sancionatoria la sanci贸n es de 垄115.550,00.
- Cuando una vez notificada la resoluci贸n sancionatoria, pero dentro del plazo para recurrirla, el obligado tributario acepta los hechos planteados y presenta la declaraci贸n, la sanci贸n es de 垄173.325,00.
- b) Morosidad en el pago del tributo. Multa del 1% por cada mes o fracci贸n de mes, por el plazo transcurrido desde el momento en que debi贸 efectuarse el pago del tributo hasta la fecha del pago efectivo. Esta sanci贸n no tiene reducci贸n; se calcula sobre el monto del impuesto no pagado a tiempo y no puede superar el 20% de esa suma.
El Colegio de Contadores P煤blicos recomienda a los contribuyentes formar un comit茅 operativo que apoye esta funci贸n de sanas pr谩cticas y, para las personas f铆sicas, en la medida de lo posible contar con el acompa帽amiento de un Contador P煤blico Autorizado o una firma de contadores p煤blicos autorizados debidamente registrada en el Colegio.
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