Actualidad

Pese a criterio jurídico, admiten a consorcios de contadores públicos en Costa Rica


El Colegio de Contadores Públicos admite la realización de auditorías por parte de consorcios de contadores, a pesar de un criterio jurídico que dice lo contrario.

Según publicó el medio DIARIO EXTRA, este tuvo acceso al dictamen de la Procuraduría General de la República C-284-2019, dirigido a Ronald Artavia, expresidente de la organización gremial.

De este se extrae que la firma Ils Attorneys, asesora de la junta directiva, concluyó que el ejercicio colectivo de la contaduría pública solo puede realizarse por medio de sociedades y de asociaciones de contadores públicos, pero no por consorcios.

En opinión de los abogados, los servicios solo podrán ser ofrecidos por “entidades legalmente constituidas”. Este sería un requisito necesario para exigir el pago de la cuota de despachos de contadores públicos establecida en la normativa vigente. Según el criterio jurídico, al consorcio no le aplican las regulaciones que rigen a los despachos con relación al deber de inscripción del consorcio y la cancelación de la anualidad.

“El Colegio de Contadores Públicos no puede exigirle a un contador público o a un despacho que inscriba en el Colegio al consorcio cuando a través de él participan en una oferta o licitación pública, por ser contario a la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento. Por tanto, si el Colegio lo exige, estaría efectuando una acción fuera del marco legal”, señala la opinión.

Diario Extra asegura haber recibido información anónima por parte de profesionales que externaron su disconformidad con que estos consorcios puedan estar ganando contratos sin pasar por todo el proceso y costo que conlleva ser una firma legalmente constituida. Se intentó ampliar el tema con uno de los abogados que emitió el criterio, pero este señaló que, al ser asesor de la junta directiva del Colegio, tenía impedimento de ley para referirse al tema.

Uno de los consorcios que más contratos ha ganado en el sector público para hacer auditorías y que menciona la denuncia es uno denominado EMD, que pertenece a un colegiado de apellidos Murillo Delgado y que, según información del Colegio, actualmente se encuentra inactivo. Extra comprobó a través del Sistema de Compras Públicas (Sicop) que entre las instituciones que han pedido las auditorias se encuentran la Corte Suprema de Justicia, el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) y las municipalidades de San José, de Escazú, de Cartago y de Siquirres.

Mauricio Artavia, director ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos, manifestó que los consorcios se admiten ante una resolución de la Contraloría General de la República. “Sí pueden dar servicios de autoría. El artículo 38 de la Ley de Contratación Administrativa y el 72 de su reglamento, y reiterando que la persona contadora pública autorizada firmante es responsable directo por el encargo realizado, según lo establece la Ley 1038, en su artículo 6”, señaló.

Agregó que debe entenderse que los consorcios no son entidades jurídicas, sino una modalidad temporal para prestar los servicios; por lo tanto, las personas contadoras públicas autorizadas y los despachos o firmas de contadores públicos autorizados pueden participar en estos consorcios.

Si desea profundizar sobre estos temas, puede indigar entre nuestros servicios