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¿Qué debe hacer y a que se arriesga si no cumple sus obligaciones fiscales en fin de año?


Desde hace tres años el año fiscal finaliza en diciembre, por lo que los despachos de contadores públicos deben recordar a sus clientes cuales son sus obligaciones en el cierre del año, cuáles son los riesgos y las sanciones si no se cumplen las obligaciones fiscales. Estos incluyen el pago del impuesto al valor agregado, el impuesto a las utilidades y las obligaciones municipales.

A continuación le adjuntamos una serie de recomendaciones que brinda el Colegio de Contadores Públicos a los contribuyentes y a los despachos de contadores públicos en todo el país.  

-Asegure su último pago del III adelanto del impuesto a las utilidades, de igual forma otros contribuyentes también deben cancelar los impuestos municipales.

-Verifique que haya realizado los pagos de los impuestos del timbre de Educación y Cultura, así como el Impuesto de Personas Jurídicas, entre otros.

-Evalúe la deducibilidad de los gastos financieros, si los préstamos no son con entidades reguladas por la superintendencia. Es importante que el contribuyente tenga separado en su contabilidad los registros por los gastos de intereses bancarios con otros conceptos de gastos financieros. Deje esto debidamente documentado y disponible en caso de una revisión fiscal.

-Tener la contabilidad al día y tener claras las obligaciones que tiene el contribuyente.

-Control de la prescripción de deudas antiguas con la Administración Tributaria.

-El contribuyente, jurídico o persona física, debe contar con una conciliación fiscal que demuestre la utilidad o pérdida financiera y cómo se calculó al resultado de la utilidad o pérdida para fines fiscales.

-i tuvo pérdidas de periodos anteriores, este gasto es deducible en los siguientes tres períodos en que se generó la pérdida fiscal, y debe estar contabilizada.

-Tener actualizado el estudio de precios de transferencia, en caso de tener operaciones con empresas relacionadas o vinculadas.

-Control de la prescripción de deudas antiguas con la Administración Tributaria.

-Todo contribuyente debe cuidar los documentos por al menos cuatro años en caso de una futura fiscalización por las autoridades fiscales.

¿Qué pasa si no pago a tiempo? A qué me arriesgo? Primero, se le aplicarán los intereses por el número de días que transcurran, hasta que realice el pago. La multa a aplicar es del 1% por cada mes o fracción de mes, por el plazo transcurrido desde el momento en que debió pagar el impuesto hasta la fecha del pago efectivo.

Esta sanción no tiene reducción; se calcula sobre el monto del impuesto no pagado a tiempo y no puede superar el 20% de esa suma.

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