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¿A qué se arriesga si no presentó la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales?
Las sociedades, tanto activas como inactivas, así como a las organizaciones sin fines de lucro (asociaciones y fundaciones) y las partes involucradas en fideicomisos privados, tuvieron como fecha límite para presentar la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales el pasado 31 de Octubre .
Mediante esta declaración, se identifican a las personas físicas que controlan una empresa o propiedad, y que toman decisiones fundamentales en dichas entidades.
“Cumplir con la presentación del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales es una obligación legal, y representa un paso hacia una mayor transparencia y responsabilidad en la gestión de las organizaciones. Las sanciones por incumplimiento pueden afectar las operaciones de cualquier entidad”, señala Angie Portela, gerente legal de APriori Derecho Corporativo.
Esta declaración que se presenta desde la plataforma Central Directo, utilizando la firma digital del representante legal de la entidad, o bien, también podrá realizarse mediante un apoderado es de suma importancia y si no se realizó a tiempo hay sanciones que se pueden aplicar. Así también lo resaltó el Colegio de Contadores Públicos a los contadores públicos autorizados y despachos de contadores públicos en el país.
En cuanto a las asociaciones, un notario debió cargar la personería jurídica y autorizarla en la plataforma correspondiente para proceder con la presentación.
En el caso de las organizaciones sin fines de lucro, este es el primer año que deben realizar esta declaración. Riesgos por incumplimiento.
Las entidades que no cumplan con la presentación del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales se enfrentarán a sanciones, tales como:
-Una multa del 2% de los ingresos brutos de la persona jurídica del periodo fiscal anterior, con un límite máximo de cien salarios base.
-Imposibilidad de obtener certificaciones de personería jurídica en el Registro Nacional.
-Inhabilitación para inscribir documentos a favor de quienes incumplan con la presentación.
Habitualmente, esta declaración se presenta durante el mes de abril. No obstante, en este 2024 el plazo ordinario fue modificado para el mes de octubre.
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